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Año Santo 2025: el templo jubilar y los eventos diocesanos para obtener el Don de la Indulgencia Plenaria

Uno de los “signos” peculiares de los Años Jubilares es la Indulgencia Plenaria, “una gracia jubilar”, según el Papa Francisco, que “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios”.

  • 12 Febrero 2025
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Uno de los “signos” peculiares de los Años Jubilares es la Indulgencia Plenaria, “una gracia jubilar”, según el Papa Francisco, que “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios”.

En este sentido, para el Año Santo Jubilar 2025, el obispo de la diócesis de Lomas de Zamora, monseñor Jorge Lugones SJ, estableció -por medio de un decreto- la iglesia jubilar, las celebraciones especiales y los eventos diocesanos mediante los cuales los miembros de la Iglesia diocesana pueden obtener el Don de la Indulgencia Plenaria.

El decreto de dispensa de las Indulgencias Plenarias se hizo público al final de la misa de apertura del Jubileo, y la lectura estuvo a cargo de monseñor Luis Fernández, obispo emérito de Rafaela y actual administrador parroquial de Santa Teresita del Niño Jesús (Banfield). Sobre el tema, también, el obispo hizo referencia en la misa por el Jubileo de los Enfermos celebrada el 11 de febrero en la parroquia Inmaculada Concepción (Monte Grande).

“Esta particular gracia divina”, dice monseñor Lugones en el decreto sobre la Indulgencia Plenaria, “la obtendrán todos los fieles, con espíritu de verdadera penitencia y movidos por la caridad”, cada vez que peregrinen o participen de las celebraciones jubilares del “Año Santo de la Esperanza” (por ejemplo, el Jubileo del Enfermo) y los eventos diocesanos previstos en el marco del Año Vocacional Diocesano: Fiesta Patronal de Nuestra Señora de la Paz (24 de enero); Apertura del Año Vocacional Diocesano (19 de marzo); Jornada de Oración por las Vocaciones (20 de abril); Peregrinación diocesana a la basílica de Nuestra Señora de Luján (11 de mayo); celebración diocesana de la Solemnidad de Corpus Christi (21 de junio); y la Fiesta Patronal del Seminario Diocesano “De la Santa Cruz” (12 de septiembre).

Además, quienes visiten la catedral Nuestra Señora de la Paz de Lomas de Zamora, “y allí, durante un período de tiempo adecuado, realizaran adoración eucarística y meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, la Profesión de Fe en cualquier forma legítima e invocaciones a María, Madre de Dios, para que en este Año Santo todos ´puedan experimentar la cercanía de la más afectuosa de las madres que nunca abandona a sus hijos´”.

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La Indulgencia Plenaria puede ser alcanzada de manera presencial o virtual (a través de las misas trasmitidas por Eclesia), ya que “los fieles impedidos de participar en las celebraciones, en las peregrinaciones y en las visitas, por ancianidad, por una grave enfermedad o por otros graves motivos, podrán obtener también la Indulgencia Plenaria si se uniesen espiritualmente a las celebraciones jubilares -particularmente en los momentos en los cuales las palabras del Sumo Pontífice o del Obispo diocesano sean trasmitidas a través de los medios de comunicación-, recitando en la propia casa o ahí donde el impedimento les permita, el Padre Nuestro, la Profesión de Fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conforme a las finalidades del Año Santo, ofreciendo sus sufrimientos o dificultades de la propia vida”.

En el decreto (ver texto completo en adjunto, abajo) y “como testimonio de vida cristiana y camino para alcanzar la Indulgencia jubilar”, el obispo invita a todos a “expresar la fe con obras de misericordia, visitando por un tiempo adecuado a los hermanos que se encuentran en necesidad o en dificultad (enfermos, encarcelados, ancianos en soledad, personas con capacidades diferentes...), como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos (cfr. Mt 25, 34-36) y siguiendo las habituales condiciones espirituales, sacramentales y de oración”.

La indulgencia, dice el Papa Francisco en la Bula de Convocación del Jubileo, Spes non confundit, es “una gracia jubilar” que “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios”. 

La Indulgencia, en efecto, es uno de los “signos” peculiares de los Años jubilares, y significa “perdón”; se trata de una “particular gracia divina” que “la obtendrán todos los fieles, con espíritu de verdadera penitencia y movidos por la caridad, cada vez que peregrinen o participen de uno de los eventos jubilares y cumplan con las condiciones acostumbradas: confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice”.

“Perdonar no cambia el pasado, no puede modificar lo que ya sucedió”, dice el Papa; “y, sin embargo, el perdón puede permitir que cambie el futuro y se viva de una manera diferente, sin rencor, sin ira ni venganza. El futuro iluminado por el perdón hace posible que el pasado se lea con otros ojos, más serenos, aunque estén aún surcados por las lágrimas”.

En la homilía por el Jubileo del Enfermo, el obispo recordó que el 2025 es un Año Santo, “Año de gracia, Dios dispensa dones a muchos y gracias especiales, favores que Dios regala por su generosidad, y sobre todo regala este consuelo a los enfermos”.

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